Abstract: ¿Se puede hablar en la actualidad de la existencia de una doctrina .internacional de la informática y el derecho?; Tendencias internacionales de la informática y el derecho (inicial o básica, creciente o progresiva, avanzada o próspera y culminante o innovadora); Tendencias de la informática y el derecho en el derecho comparado; Tendencia actual de la informática y el derecho en México: ¿Hacía dónde nos dirigimos?; La política de la informática y el derecho a nivel internacional; Tendencias de la informática y el derecho en los países socialistas; Hacia el establecimiento del derecho informático como rama autónoma del derecho en México (Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la U.A.N.L.); Conclusiones y Bibliografía de consulta.
Por Ricardo Cantu,
¿SE PUEDE HABLAR EN LA ACTUALIDAD DE LA EXISTENCIA DE UNA DOCTRINA INTERNACIONAL DE LA INFORMÁTICA Y EL DERECHO?
Creemos absolutamente que sí. La difusión y el desarrollo que esta materia ha tenido en los últimos 20 años en los llamados países industrializados, tales como: Estados Unidos e Inglaterra; España, Francia, Alemania, Italia y Japón; así como algunos países latinoamericanos como Argentina y Uruguay, ha sido impresionante. La mayoría de las facultades de derecho de estos países, la han incluido en su plan de estudios tradicional de licenciatura en derecho, e inclusive algunos la han desarrollado más allá, con la investigación y desarrollo de sistemas expertos y de inteligencia artificial aplicados al derecho; sin dejar de mencionar por otra parte, las especializaciones, maestrías e inclusive doctorado (en este caso Francia), que actualmente se pueden cursar en algunas de sus facultades de derecho.
Respecto a la importancia que viste en la actualidad el que estas materias -la informática jurídica y el derecho informática-, se incluyan en el ámbito universitario, específicamente en las Facultades de Derecho, tanto a nivel nacional como internacional), nos menciona Manuel Antonio Laquis, en su prologo al libro de Carlos M. Correa: (1)
En razón de ello, el "Comité de Ministros del Consejo de Europa", recomendó a los Estados la enseñanza, la investigación y la formación en materia de "informática y derecho", y que por su "creciente importancia", debe desarrollarse su enseñanza en el nivel universitario.
TENDENCIAS INTERNACIONALES DE LA INFORMÁTICA Y EL DERECHO
Dentro de la evolución que ha tenido en los últimos años la materia, podemos establecer claramente tendencias a nivel internacional, que se tienen en los distintos países del mundo, respecto del desarrollo de la informática y el derecho; de esta manera podemos enumerar las siguientes tendencias, las cuales cuentan -cada una de ellas-, con sus características particulares, así tenemos: inicial o básica, progresiva o creciente, avanzada o próspera y culminante o innovadora.
A) Tendencia Inicial o Básica: 1) Poco avance y desarrollo de la informática jurídica y del derecho informático, debido a la escasa importancia dada a la materia por las profesores de derecho de las Universidades y también por los funcionarios del Gobierno. 2) Se empieza a promover que se incluya la materia de informática jurídica en los planes de estudio de las facultades de derecho, desarrollo inicial de la doctrina nacional (se estudia al derecho informático, dentro de la informática jurídica).
B) Tendencia Creciente o Progresiva: 1) Distinción clara entre informática jurídica y derecho informático, como ramas totalmente independientes una de la otra, pero relacionadas entre sí; se empieza a desarrollar en firme, la doctrina nacional al respecto. 2) Consideración del derecho informático como rama autónoma del derecho; incluyéndose en los planes de estudio de las principales facultades de derecho del país, de manera separada a la materia de informática jurídica; en Europa se recomienda aglutinar a ambas materias bajo la concepción "informática y derecho", en virtud de considerar más completa esta definición.
C) Tendencia Avanzada o Próspera: 1) Destaca la necesidad e importancia de desarrollar la labor legislativa respecto al derecho informático, normas específicas que regulen su aplicación; auge importante respecto a la doctrina y jurisprudencia al respecto (Ej. delitos informáticos no tipificados en los códigos penales, etc.). 2) Desarrollo y consolidación importante de la legislación, doctrina y jurisprudencia nacional del derecho informático; controversia de casos prácticos nacionales e internacionales en la Corte Suprema del país.
D) Tendencia Culminante o Innovadora: 1) Avances importantes en respecto de la informática jurídica metadocumental, auge de centros de investigación para la utilización de sistemas de inteligencia artificial aplicados al derecho, desarrollo de tesis doctorales relativas a la inteligencia artificial y el derecho. 2) Desarrollo de proyectos prácticos y específicos de utilización de la inteligencia artificial aplicados al derecho.
TENDENCIAS DE LA INFORMÁTICA Y EL DERECHO EN EL DERECHO COMPARADO
Con el fin de determinar las tendencias que presentan algunos países en particular, respecto de la informática y el derecho -analizaremos en forma breve-, algunos países de Europa y América Latina, agrupándolos por el tipo de tendencia que en nuestra opinión refleja la situación en que se encuentran en la actualidad, aclarando que dicha clasificación se encuentra sujeta a errores, debido a que no contamos con toda la información que quisiéramos, pero, sin duda alguna, marca un parámetro para futuras investigaciones. Se tomó en cuenta el avance interno que han tenido en las siguientes áreas:
* Inclusión de la materia de informática jurídica y derecho informático en los planes de estudio de las facultades de derecho;
* Distinción clara entre informática jurídica y el derecho informático (el derecho informático como rama autónoma del derecho);
* Desarrollo de la doctrina nacional de la informática y el derecho;
* Propuestas, iniciativas y desarrollo de legislación que regule aspectos sobre derecho informático;
* Jurisprudencia sobre casos resueltos por la Corte Suprema;
* Centros de investigación sobre informática jurídica; y
* Centros de inteligencia artificial aplicados al derecho.
martes, 6 de noviembre de 2007
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